Si quieres pasar del texto a tu caso, usa la herramienta de indemnización por despido en España y revisa cada concepto con tu nómina y tu contrato.
Qué es la indemnización por despido
La herramienta de indemnización por despido en España calcula la compensación que la empresa paga cuando el contrato termina por su decisión. No todos los despidos la generan. Por eso el primer paso es saber qué tipo de despido tienes.
El despido disciplinario procedente no da derecho a indemnización. En ese caso, la empresa acredita un incumplimiento grave del trabajador. El trabajador puede impugnarlo y, si se declara improcedente, pasar a los 33 días por año.
El despido nulo tampoco se paga en dinero. Conlleva la readmisión obligatoria y el abono de los salarios de tramitación. La indemnización por despido nulo no existe como cantidad en dinero.
Las modalidades y sus días por año
El despido objetivo se basa en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Da 20 días por año, con un tope de 12 mensualidades, que son 365 días. Además, la empresa debe dar 15 días de preaviso.
El despido improcedente es aquel en el que la causa no queda acreditada. Da 33 días por año, con un tope de 24 mensualidades, que son 720 días. Un despido sin justa causa acreditada se declara improcedente y es el que genera la indemnización más alta.
El fin de contrato temporal da 12 días por año. La regla general no le pone un tope específico. La modalidad del contrato no cambia los días por año, salvo en el caso del contrato temporal, que tiene su propia regla.
El régimen transitorio de 45 y 33 días
Para los contratos firmados desde el 12 de febrero de 2012, el despido improcedente da 33 días por año. Para los contratos anteriores a esa fecha se aplica el régimen transitorio.
En el régimen transitorio, el tiempo trabajado hasta el 12 de febrero de 2012 se calcula a 45 días por año. El tiempo posterior se calcula a 33 días por año. El total no puede superar los 720 días, salvo que la parte anterior a 2012 ya supere esa cifra. En ese caso, esa parte actúa como tope, sin poder pasar nunca de 42 mensualidades.
La fórmula: salario diario, días y antigüedad
La fórmula general es siempre la misma: salario diario multiplicado por los días que correspondan. El salario diario sale de dividir el salario bruto anual, con la prorrata de las pagas extraordinarias, entre 365 días.
El preaviso no forma parte de la indemnización. En el despido objetivo es de 15 días. Si la empresa no lo da, debe pagar el salario correspondiente a esos días. Es una cantidad aparte que se suma al finiquito y, en su caso, a la indemnización. En el resto de modalidades no existe un preaviso legal específico como este, sin perjuicio de lo que establezca el convenio colectivo aplicable.
Ejemplos con cifras
Ejemplo de despido objetivo: 5 años y 30.000 euros brutos anuales. El salario diario es 30.000 dividido entre 365, que son 82,19 euros. Los días son 20 por 5, que son 100 días, por debajo del tope de 365 días. La indemnización es 100 por 82,19, que son 8.219,18 euros. Además, la empresa debe dar 15 días de preaviso o pagar el salario correspondiente.
Ejemplo de despido improcedente: 10 años y 36.500 euros brutos anuales. El salario diario es 36.500 dividido entre 365, que son 100 euros. Los días son 33 por 10, que son 330 días, por debajo del tope de 720 días. La indemnización es 330 por 100, que son 33.000 euros.
El finiquito no es la indemnización
La confusión más habitual es mezclar el finiquito con la indemnización. El finiquito es la liquidación final y se paga siempre que termina la relación laboral: despido, dimisión, fin de contrato temporal o jubilación. Incluye el salario pendiente hasta el último día, las vacaciones no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extraordinarias, que suelen ser dos al año.
La indemnización, en cambio, solo se añade en los despidos que la generan y depende de la causa. Por eso, al terminar un contrato, el trabajador suele cobrar dos cantidades distintas: el finiquito más, en su caso, la indemnización. Quien renuncia debe saber que la renuncia no genera indemnización: al dimitir solo se cobra el finiquito, sin cantidad por despido.
¿La indemnización tributa en el IRPF?
La indemnización obligatoria está exenta del IRPF hasta la cuantía establecida en el Estatuto de los Trabajadores, con un límite máximo de 180.000 euros. Si la cantidad supera ese límite, el exceso tributa como rendimiento del trabajo. Además, puede aplicarse una reducción del 30 % a la parte no exenta en determinados casos, por tratarse de rendimientos generados durante más de dos años.
Fuentes oficiales sobre la indemnización en España
Las fórmulas y los topes siguen el Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015) y los criterios de cálculo del Consejo General del Poder Judicial, y el tratamiento fiscal sigue la Ley del IRPF y los criterios de la Agencia Tributaria.
- Boletín Oficial del Estado: Estatuto de los Trabajadores, texto consolidado (Real Decreto Legislativo 2/2015, arts. 49, 52 a 54 y 56 y disposición transitoria)
- Consejo General del Poder Judicial: herramienta oficial de cálculo de la indemnización
- Agencia Tributaria: manual IRPF 2025, cuantía exenta y límites de la indemnización por despido
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Si quieres revisar la otra parte de tu liquidación, lee el artículo sobre qué es el finiquito y qué incluye. Puedes ver todas las herramientas en la página de España y todos los artículos en el blog de Calcotia.