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Calculadora de intereses legales 2026 – interés legal, de demora y procesal

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Última actualización 2026-11-06 · Por Faizan Khan Yousufzai

Calcula los intereses legales entre dos fechas: interés legal 3,25% en 2026, interés de demora e interés procesal.

Calcula los intereses legales

La cantidad sobre la que se calculan los intereses, por ejemplo la deuda reconocida en la sentencia o la cantidad reclamada.
El primer día que genera intereses, por ejemplo la fecha del vencimiento o de la presentación de la demanda.
El último día del periodo. Si el periodo cruza de año, el cálculo se desglosa año a año con el tipo de cada año.
Elige el tipo que corresponde a tu caso. El interés procesal solo se aplica desde la sentencia.
Intereses generados
325,00 €
Capital10.000,00 €
2026 (365 días, 3,25 %)325,00 €
Total (capital + intereses)10.325,00 €

Interés simple con base de 365 días. Los tipos de 2026 siguen vigentes hasta que se apruebe una nueva Ley de Presupuestos: comprueba el tipo antes de usar el resultado en una reclamación.

¿Qué es el interés legal del dinero?

El interés legal del dinero es el precio que la ley pone al uso del dinero ajeno cuando las partes no han pactado otro tipo. En España, el tipo lo fija cada año la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Esta calculadora de intereses legales te dice cuánto se ha generado entre dos fechas, con el tipo que corresponde a cada año.

No es un tipo bancario ni el de una hipoteca: es el tipo de referencia que usan los jueces y la Administración cuando no hay un interés pactado, y por eso aparece en sentencias y en reclamaciones entre particulares.

Los tres tipos de interés que calcula esta herramienta

Esta herramienta calcula tres tipos distintos: depende de quién te debe el dinero y de en qué momento del procedimiento estás.

Interés legal del dinero3,25 % en 2026Deudas entre particulares y sentencias sin mora procesal
Interés de demora tributario4,0625 % en 2026Deudas con Hacienda y con la Seguridad Social
Interés procesal5,25 % en 2026Desde la sentencia de primera instancia, art. 576 LEC

El interés legal del dinero, 3,25% en 2026, es el tipo general. Se aplica a las deudas entre particulares sin interés pactado, como recoge el artículo 1108 del Código Civil, y a las cantidades de una sentencia antes de que empiece la mora procesal.

El interés de demora, 4,0625 % en 2026, es el que se aplica a las deudas con Hacienda. Es el interés legal multiplicado por 1,25, según el artículo 26.6 de la Ley General Tributaria.

El interés procesal, 5,25 % en 2026, es el interés legal más dos puntos, según el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Corre desde la sentencia de primera instancia cuando el condenado no paga, y sustituye al interés legal desde ese momento.

¿Cómo se calcula el interés legal?

El cálculo es un interés simple: capital por tipo por días, entre 365. Los intereses generados no producen a su vez intereses. Eso se llama anatocismo, y solo existe cuando las partes lo pactan o cuando una norma lo ordena, como recoge el artículo 1109 del Código Civil.

Cuando el periodo cruza de año, la calculadora parte el cálculo en tramos anuales y aplica a cada tramo el tipo de ese año. La tabla cubre de 2023 a 2026, años en los que el tipo se ha mantenido en el 3,25 %. Los tipos de 2026 son los de la Ley 31/2022, prorrogados: comprueba el tipo antes de usar el resultado en una demanda.

Ejemplo: 10.000 euros durante un año completo de 2026

Ejemplo con las cifras que trae la calculadora al abrirla: 10.000 euros desde el 1 de enero de 2026 hasta el 1 de enero de 2027, 365 días. Con el interés legal del 3,25 %, el cálculo es 10.000 por 0,0325, que son 325,00 euros. El total a reclamar sería 10.325,00 euros.

Con el mismo capital y periodo, la demora del 4,0625 % da 406,25 euros y el procesal del 5,25 % da 525,00 euros: entre el legal y el procesal hay 200 euros en un solo año.

El interés de demora comercial: facturas impagadas entre empresas

Hay un cuarto tipo que esta calculadora no calcula, y conviene conocerlo si eres autónomo o tienes una empresa. El interés de demora en operaciones comerciales, de la Ley 3/2004, no depende del interés legal: es el tipo del Banco Central Europeo más ocho puntos, publicado en el BOE cada semestre. En 2026 fue del 10,15 % en el primer semestre y del 10,40 % en el segundo, según la Resolución de 30 de junio de 2026.

Si tu caso es una factura impagada entre empresas o a la Administración, no uses el 3,25 % ni el 4,0625 %: el tipo que te corresponde es el comercial del semestre en que se produjo la mora, y si el retraso cruza de semestre, cada tramo lleva su tipo.

Si estás cerrando una relación laboral, calcula primero el finiquito, y si te han despedido, la indemnización por despido y la paga extra pendiente: los intereses se calculan sobre cantidades ya fijadas.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el interés legal del dinero en 2026?

El interés legal del dinero en 2026 es el 3,25%, fijado por la Ley 31/2022 de Presupuestos para 2023, que sigue prorrogada hasta que se apruebe una nueva Ley de Presupuestos.

¿Qué diferencia hay entre el interés legal y el interés de demora?

El interés legal del dinero es el tipo general, 3,25 % en 2026. El interés de demora tributario es el legal multiplicado por 1,25, es decir, 4,0625 % en 2026, y se aplica a las deudas con Hacienda según el artículo 26.6 de la Ley General Tributaria.

¿Qué es el interés procesal del artículo 576 de la LEC?

El interés procesal es el interés legal más dos puntos, 5,25 % en 2026. Corre desde la sentencia de primera instancia cuando el condenado no paga, y sustituye al interés legal desde ese momento.

¿Qué es el anatocismo y se aplica a los intereses legales?

El anatocismo es que los intereses generen a su vez intereses. En general no se aplica: el cálculo es con interés simple, y solo hay anatocismo cuando las partes lo pactan o una norma lo ordena (art. 1109 del Código Civil).

¿Qué tipo uso para una factura impagada entre empresas?

El interés de demora comercial de la Ley 3/2004: el tipo del Banco Central Europeo más ocho puntos, publicado en el BOE cada semestre. En 2026 fue del 10,15 % en el primer semestre y del 10,40 % en el segundo, más 40 euros por factura en costes de cobro.

Importante: Esta calculadora da una estimación con interés simple y base de 365 días, con los tipos vigentes en 2026. No es asesoramiento legal: el tipo aplicable depende de tu caso concreto, del pacto entre las partes y de la fecha de cada tramo, y los tipos pueden cambiar cuando se apruebe una nueva Ley de Presupuestos.

Fuentes oficiales

Los tipos usados son los de la Ley 31/2022 de Presupuestos Generales del Estado para 2023, prorrogados: interés legal del dinero 3,25 %, interés de demora tributario 4,0625 % (Ley General Tributaria, art. 26.6) e interés procesal 5,25 % (Ley de Enjuiciamiento Civil, art. 576). El tipo comercial es el de la Ley 3/2004, art. 7.

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